El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) amonestó a Alejandra del Moral Vela y al Partido Acción Nacional (PAN) por colocar propaganda electoral en espacios prohibidos (equipamiento carretero), en Naucalpan.
Así se dio a conocer en la Sesión Pública 19 del TEEM, donde se atendió el proceso especial sancionador número 194 de 2023, promovido por el partido Morena.
El TEEM resolvió la existencia de la infracción, ya que se acreditó que la propaganda electoral estaba colocada en tres muros de contención de la vía pública del citado municipio, por lo que se amonesta públicamente a ambos actores involucrados.
Asimismo, por el procedimiento especial sancionador 84, remitido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación del juicio mil 210 de 2023, sobre la asistencia de presidentes municipales a eventos proselitistas de Del Moral Vela, el TEEM determinó la existencia de las declaraciones denunciadas.
Presidentes municipales asistieron a un evento de pre-campaña de Alejandra del Moral Vela, mismo que se difundió en la red social facebook, por lo que se infringe el marco jurídico sobre mantenerse ajenos a eventos proselitistas.
El TEEM determinó que se genera una persuación y se sustentan los recursos públicos que tienen a su cargo, ejercidos a favor de una candidata a la gubernatura mexiquense.
Asimismo se amonestó públicamente al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por la responsabilidad ante la falta de debido cuidado, por lo que la Contraloría del Poder Legislativo sancionará a los involucrados.
Con respecto al proceso especial sancionador número 196 de este año, donde se denuncia a Valentín Martínez Castillo, presidente municipal de Ozumba, por la presunta vulneración en los principios de neutralidad, imparcialidad en la contienda y el uso indebido de usos públicos, se determinó como procedente.
A su vez, esta denuncia se hizo en contra de Morena por la omisión, y en contra de Carlos Cortés Amaro en su carácter de secretario del Ayuntamiento del municipio antes mencionado.
EL TEEM acreditó la presencia de ambos personajes, por su asistencia a los actos de campaña en un día hábil, de la candidata Delfina Gómez Álvarez, en un día hábil.
Sin embargo, esta sanción solo aplica para el presidente municipal, pues el secretario asistió como parte del protocolo de protección civil, y debe de atenderse como principio de inocencia.




